López Torrijos y Montalvá

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martes, 15 de abril de 2014

¿CÓMO CONTRATAN LOS ESPAÑOLES LOS SEGUROS DE SALUD?

Las épocas de crisis económicas suelen traer también cambios en los hábitos de comportamiento de las personas y ciudadanos, y en este sentido, la que vive España ahora mismo ha traído indirectamente un cambio y deterioro de la sanidad pública española. Así, desde 2008 cada vez ha cobrado más importancia la contratación de un Seguro de Salud como medida de contrapeso a posibles situaciones de urgencia a las que la Seguridad Social no puede responder con rapidez.


Según un estudio realizado el pasado verano por el foro de seguros Aimfri, denominado “¿Cómo compramos seguros de salud?”, y basado en una serie de encuestas realizadas a nivel nacional, ha demostrado la cada vez mejor valoración que tienen los españoles sobre los Seguros de Salud.

De esta manera, y según los datos de la encuesta, se deduce que más del 53% de los encuestados tenían contratado un Seguro de Salud, y que en muchos casos (un 32%) se combinaba también con los que tienen Seguro de Autos, Hogar (29%) o Vida (23%). El dato trascendental es que dentro de los que afirmaron que no tenían contratada una póliza (47%), casi la mitad de éstos (43%) confirmaron que firmarían un Seguro de Salud en el caso de que tuvieran suficientes ingresos para poder contratarlo.

En lo que se refiere al precio medio del seguro, un 48% de los encuestados confirmaron que ésta se encuentra entre 0 y 100 euros. Por otro lado, y en lo que respecta al número de personas que cubren el seguro que ha contratado, el 25% afirma que su póliza cubre a cuatro miembros, mientras que un 28% tiene un seguro individual.

Además, otro de los puntos que destaca el informe es sobre todo la importancia que ha cobrado Internet a la hora de servir como plataforma para los consumidores que estudian las posibilidades que les puede ofrecer su Seguro de Salud, aunque en la mayoría de las ocasiones la contratación suele realizarse directamente con las aseguradoras.

Las cualidades y aptitudes que más se valoran desde los encuestados a la hora de contratar un Seguro de Salud es la rapidez y el cuadro médico que te proporciona una póliza de este tipo, lo que te asegura una mayor garantía de cara a hipotéticos imprevistos. 

miércoles, 9 de abril de 2014

LA NUEVA LEY DE TRÁFICO ENTRA EN VIGOR EL 9 DE MAYO. ¿SABES QUÉ NOVEDADES TRAE?

A partir del próximo día 9 de mayo, en España entrará en vigor la nueva Ley de Tráfico, que quedó publicada en el día de ayer en el Boletín Oficial del Estado (BOE), dejando constancia de su inmediata puesta en marcha. En la nueva normativa, te destacamos algunas de las claves que debes tener en cuenta para conducir mucho más seguro, incidiendo sobre todo en las fuertes sanciones que se aplicarán por conducir bajo los efectos del alcohol o las drogas.

1. No podrán llevarse detectores de radares (de los que encuentran incluso los camuflados), lo que se penalizará con 200 euros de multa y la pérdida de tres puntos del carné de conducir. Únicamente serán legales aquellos dispositivos que sólo detectan los radares que la Dirección General de Tráfico (DGT) tiene ubicados, y que son de conocimiento público. Aquellos que sean detectores que funcionan con antena de radio o GPS o incluso como inhibidores estarán totalmente prohibidos.

2. Se incrementará el límite de velocidad hasta los 130 km/h en algunos tramos de las autovías y autopistas españolas que sean de mucha seguridad. Este artículo de la nueva normativa no entrará en vigor el 9 de mayo, sino cuando quede aprobado el nuevo Reglamento General de Circulación.

3. Es obligatorio que cada turismo que lleve a menores que no superen el 1.35 de altura en un sistema de transporte apropiado, conocidos como SRI o sillas de transporte. En caso contrario, el vehículo podrá ser inmovilizado por las autoridades pertinentes.

4. Hasta 1.000 euros de multa si conduces bajo los efectos de las drogas, y la misma sanción si duplicas la tasa de alcoholemia permitida o si se vuelve a dar positivo en el mismo año.

5. Se podrán realizar controles de alcohol a peatones usuarios de una vía que hayan estado implicados en un accidente.

6. La multa por superar la tasa permitida de alcohol será de 500 euros.

7. Se aprueba la responsabilidad exclusiva de los conductores en el caso de que haya una colisión con cualquier tipo de especie cinegética, salvo que no esté señalizado el paso de animales en la vía, lo que dejaría al titular de la carretera como responsable del siniestro. 

8. Si eres ciclista y tienes menos de 16 años deberás circular con casco obligatoriamente también en el casco urbano.

9. La caída de cualquier tipo de carga del vehículo sobre la vía que pueda crear peligro para los usuarios de esta puede tener multas de 200 euros.

10. Se amplía el plazo para el pago de multas de 15 a 20 días.

viernes, 4 de abril de 2014

¿SABES QUÉ DOCUMENTACIÓN DEBES LLEVAR EN TU COCHE PARA CIRCULAR SEGURO?

Asegúrate de que cada vez que circules con tu vehículo lleves contigo toda la documentación necesaria que te evite tener que hacer frente a dolorosas multas y sanciones en cualquier control de Tráfico. Porque además de respetar las respectivas normas de circulación, es fundamental que estés al día en toda la documentación que debes llevar en tu vehículo.

Te detallamos los cinco documentos que debes guardar:

1. Es fundamental que no olvides tu carnet de conducir. Intenta llevarlo siempre a mano, en la cartera o guantera, nunca te excuses en la dejadez y lo dejes en casa porque no llevarlo es motivo de sanción. Ten también a mano tu DNI.

2. En segundo lugar, guarda tu permiso de circulación que certifica quién es el titular del vehículo.

3. Tampoco deberás pasar por alto la Ficha Técnica del vehículo. En el caso de que tu vehículo haya pasado las correspondientes revisiones de la ITV, deben estar acreditadas con la tarjeta original o compulsada. Ten a la vista la pegatina de la ITV debidamente pegada en un lugar visible del vehículo.

4. Lleva también el documento que acredite que has pegado la póliza de tu Seguro de Automóvil.

5. Adjunta el certificado del pertinente impuesto de circulación.


¡Ten toda esta documentación siempre a mano en algún lugar de tu vehículo!