López Torrijos y Montalvá

www.lopez-torrijos.com

miércoles, 9 de abril de 2014

LA NUEVA LEY DE TRÁFICO ENTRA EN VIGOR EL 9 DE MAYO. ¿SABES QUÉ NOVEDADES TRAE?

A partir del próximo día 9 de mayo, en España entrará en vigor la nueva Ley de Tráfico, que quedó publicada en el día de ayer en el Boletín Oficial del Estado (BOE), dejando constancia de su inmediata puesta en marcha. En la nueva normativa, te destacamos algunas de las claves que debes tener en cuenta para conducir mucho más seguro, incidiendo sobre todo en las fuertes sanciones que se aplicarán por conducir bajo los efectos del alcohol o las drogas.

1. No podrán llevarse detectores de radares (de los que encuentran incluso los camuflados), lo que se penalizará con 200 euros de multa y la pérdida de tres puntos del carné de conducir. Únicamente serán legales aquellos dispositivos que sólo detectan los radares que la Dirección General de Tráfico (DGT) tiene ubicados, y que son de conocimiento público. Aquellos que sean detectores que funcionan con antena de radio o GPS o incluso como inhibidores estarán totalmente prohibidos.

2. Se incrementará el límite de velocidad hasta los 130 km/h en algunos tramos de las autovías y autopistas españolas que sean de mucha seguridad. Este artículo de la nueva normativa no entrará en vigor el 9 de mayo, sino cuando quede aprobado el nuevo Reglamento General de Circulación.

3. Es obligatorio que cada turismo que lleve a menores que no superen el 1.35 de altura en un sistema de transporte apropiado, conocidos como SRI o sillas de transporte. En caso contrario, el vehículo podrá ser inmovilizado por las autoridades pertinentes.

4. Hasta 1.000 euros de multa si conduces bajo los efectos de las drogas, y la misma sanción si duplicas la tasa de alcoholemia permitida o si se vuelve a dar positivo en el mismo año.

5. Se podrán realizar controles de alcohol a peatones usuarios de una vía que hayan estado implicados en un accidente.

6. La multa por superar la tasa permitida de alcohol será de 500 euros.

7. Se aprueba la responsabilidad exclusiva de los conductores en el caso de que haya una colisión con cualquier tipo de especie cinegética, salvo que no esté señalizado el paso de animales en la vía, lo que dejaría al titular de la carretera como responsable del siniestro. 

8. Si eres ciclista y tienes menos de 16 años deberás circular con casco obligatoriamente también en el casco urbano.

9. La caída de cualquier tipo de carga del vehículo sobre la vía que pueda crear peligro para los usuarios de esta puede tener multas de 200 euros.

10. Se amplía el plazo para el pago de multas de 15 a 20 días.

No hay comentarios:

Publicar un comentario